La Ley Federal del Trabajo establece estas regulaciones para proteger los derechos de los trabajadores y garantizar un ambiente laboral saludable y seguro.
La jornada laboral es el período de tiempo durante el cual un trabajador presta sus servicios a un empleador. La jornada se establece en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y varía según la naturaleza del trabajo, la edad del trabajador y otras consideraciones.
Clasificación de jornada:
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Jornada diurna: De 6:00 a.m. a 8:00 p.m. (máximo 8 horas diarias).
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Jornada nocturna: De 8:00 p.m. a 6:00 a.m. (máximo 7 horas diarias).
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Jornada mixta: Combinación de jornada diurna y nocturna.
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Jornada continua: Sin interrupciones, excepto para descansos.
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Jornada partida: Con interrupciones entre períodos de trabajo.
Cuantificación de jornada extraordinaria:
La jornada extraordinaria se refiere al tiempo trabajado además de la jornada establecida.
Fórmula para cálculo del pago de jornada extraordinaria:
Para jornada diurna y mixta:
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1.5 veces el salario hora ordinario para las primeras 9 horas extras semanales.
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2 veces el salario hora ordinario para horas extras adicionales.
Para jornada nocturna:
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1.5 veces el salario hora ordinario para todas las horas extras.
Salario hora ordinario = (Salario diario / 8 horas)
Salario hora extraordinario = Salario hora ordinario x 1.5 (o 2)
Ejemplo:
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Salario diario: $200 pesos
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Salario hora ordinario: $200 / 8 = $25 pesos/hora
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Salario hora extraordinario (primeras 9 horas): $25 x 1.5 = $37.5 pesos/hora
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Salario hora extraordinario (horas adicionales): $25 x 2 = $50 pesos/hora
Pago de jornada extraordinaria:
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Se paga junto con el salario ordinario.
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Debe ser registrado en la nómina y en el contrato individual de trabajo.
Límites de jornada extraordinaria:
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Máximo 3 horas extras diarias.
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Máximo 9 horas extras semanales.
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