JORNADA LABORAL

Publicado el 25 de octubre de 2024, 19:22

La Ley Federal del Trabajo establece estas regulaciones para proteger los derechos de los trabajadores y garantizar un ambiente laboral saludable y seguro.

La jornada laboral es el período de tiempo durante el cual un trabajador presta sus servicios a un empleador. La jornada se establece en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y varía según la naturaleza del trabajo, la edad del trabajador y otras consideraciones.

 

Clasificación de jornada:

  • Jornada diurna: De 6:00 a.m. a 8:00 p.m. (máximo 8 horas diarias).
  • Jornada nocturna: De 8:00 p.m. a 6:00 a.m. (máximo 7 horas diarias).
  • Jornada mixta: Combinación de jornada diurna y nocturna.
  • Jornada continua: Sin interrupciones, excepto para descansos.
  • Jornada partida: Con interrupciones entre períodos de trabajo.

 

Cuantificación de jornada extraordinaria:

La jornada extraordinaria se refiere al tiempo trabajado además de la jornada establecida.

 

Fórmula para cálculo del pago de jornada extraordinaria:

Para jornada diurna y mixta:

  • 1.5 veces el salario hora ordinario para las primeras 9 horas extras semanales.
  • 2 veces el salario hora ordinario para horas extras adicionales.

 

Para jornada nocturna:

  • 1.5 veces el salario hora ordinario para todas las horas extras.

Salario hora ordinario = (Salario diario / 8 horas)

 

Salario hora extraordinario = Salario hora ordinario x 1.5 (o 2)

Ejemplo:

  • Salario diario: $200 pesos
  • Salario hora ordinario: $200 / 8 = $25 pesos/hora
  • Salario hora extraordinario (primeras 9 horas): $25 x 1.5 = $37.5 pesos/hora
  • Salario hora extraordinario (horas adicionales): $25 x 2 = $50 pesos/hora

 

Pago de jornada extraordinaria:

  • Se paga junto con el salario ordinario.
  • Debe ser registrado en la nómina y en el contrato individual de trabajo.

 

Límites de jornada extraordinaria:

  • Máximo 3 horas extras diarias.
  • Máximo 9 horas extras semanales.

 

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